El Gobierno Nacional oficializó la pauta de incrementos para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) mediante la Resolución 4/2026, la cual fija los importes aplicables entre septiembre de 2026 y abril de 2027. La medida fue dispuesta por la Secretaría de Trabajo ante la falta de entendimiento entre las centrales sindicales y las cámaras empresariales en el plenario del Consejo del Salario. El esquema establece un haber inicial de $383.800 para septiembre y subas escalonadas hasta llegar a los $437.000 mensuales en abril de 2027, impactando directamente en las remuneraciones por hora de la administración pública y en las bandas mínimas y máximas de la Prestación por Desempleo.
La administración central definió este martes 22 de septiembre de 2026 la escala del Salario Mínimo, Vital y Móvil que regirá durante el próximo semestre. El cronograma normativo determina un valor de $383.800 mensuales ($1.919 la hora) para septiembre, elevándose a $391.200 en octubre, $398.800 en noviembre y $406.400 en diciembre. Para el primer cuatrimestre de 2027, las sumas fijadas alcanzan los $414.200 en enero, $422.000 en febrero, $429.600 en marzo y culminan en $437.000 en abril ($2.185 la hora). La actualización impacta en los trabajadores bajo la Ley de Contrato de Trabajo, empleo agrario y sector público, y recalcula los pisos del seguro de desempleo al 50% y 100% del SMVM.
Los dictámenes técnicos del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-CONICET) reflejaron un retroceso real en el poder de compra del salario mínimo previo a este reajuste.
La readecuación del esquema de la Prestación por Desempleo tomará el haber mínimo actualizado como techo para la liquidación mensual de los beneficiarios.Las entidades gremiales cuestionaron la fijación laudo por considerar insuficiente la progresión frente a las proyecciones del índice de precios.
Las dependencias administrativas de la Secretaría de Trabajo fiscalizarán la liquidación de las escalas dispuestas en las distintas ramas de la actividad formal.
